Presentes:
– Juan Pablo Galeotti (D)
– Matias Lopez y Rosenfeld (P)
– Pablo Turjanski (P)
– Malena Ivnisky (G)
– Maria Lara Gauder (G)
– Sofia Gurruchaga (E)
– Pablo Brusco
– Tobias Carreira Munich
– Luca Martín Chicconi
1) Se proponen los siguientes cambios a la composición del claustro de profesores/as de la Comisión de Carrera de Ciencias de la Computación.
– Aceptar la renuncia de Santiago Ceria como miembro titular
– Designar a Pablo De Cristoforis como 2do Suplente
– Designar a Pablo Brusco como representante titular y a Daniel Acevedo como 1er Suplente
Aprobado por unanimidad
2) Se designa como nuevo Director de la Carrera de Ciencias de la Computación al miembro titular del claustro de profesores Pablo Brusco.
Aprobado por unanimidad.
3) Se aprueba el siguiente reglamento modificado de funcionamiento de la comisión de carrera:
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Reglamento de la Comisión de Carrera de la Licenciatura en Ciencias de la Computación
Art. 1. La carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación está a cargo del Departamento de Computación.
Art. 2. La Comisión de Carrera tendrá una composición relativa de Profesores/as, Graduados/as y Estudiantes similar a la de los Consejos Directivos de las Facultades de la UBA.
Art. 3. La composición de la Comisión de Carrera será la siguiente:
– Dos Profesores/as titulares y dos suplentes
– Un/a Graduado/a titular y un/a suplente
– Un/a Estudiante titular y un/a suplente
Art. 4. Los requisitos para ser representante del claustro correspondiente serán los mismos que para ser representante del CoDep, siendo estas personas todas nombradas por el CoDep.
Art. 5. Las reuniones de la Comisión serán públicas, teniendo voto sólo los/las integrantes titulares (o quienes los/las reemplacen en cada caso) de la misma.
Art. 6. Existirá el cargo de Director/a de Carrera. Entre sus atribuciones se cuentan:
a. El/la Director/a será el/la encargado/a de coordinar las reuniones de la Comisión.
b. Ejercerá las funciones ejecutivas que demande la organización de la Carrera, de acuerdo con las resoluciones tomadas por la Comisión.
c. Representará a la carrera de Ciencias de la Computación en los ámbitos académicos internos y externos que se requiera, pudiendo designar a las personas que representen a la Carrera cuando lo crea necesario.
Art. 7. El/la Director/a de la Carrera será uno/a de los/las Profesores/as titulares integrantes de la Comisión de Carrera. En caso de empate en las votaciones de la Comisión, el voto de el/la Director/a de Carrera se computará doble.
Art. 8. La Comisión resolverá sobre los siguientes temas:
a. Supervisar la puesta en marcha de nuevos planes de estudio.
b. Evaluar continuamente la marcha del plan de estudios, sobre la que informará periódicamente al CoDep.
c. Promover la actualización de programas y sistemas de evaluación de las materias vigentes de la Carrera de Licenciatura de Ciencias de la Computación.
d. Realizar cambios del currículum y correlatividades
e. Revisar y aprobar o rechazar pedidos de equivalencia de materias cursadas en otras carreras de nuestra facultad y otras facultades o universidades.
f. Revisar y aprobar o rechazar puntajes para materias optativas dictadas por el Departamento o por otros departamentos de la FCEyN.
g. Resolver problemas de coordinación de contenidos entre distintas materias.
h. Determinar la necesidad de dictado de materias para atender planes de estudio de la Licenciatura en Computación que ya no estén vigentes
i. Aprobar los planes de Tesis de Licenciatura, designar Directores/as y Jurados/as de tales Tesis, así como monitorear su desarrollo y resolver los conflictos que puedan surgir.